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TERCERO. CLÁUSULA DE ACELERACIÓN: El ACREEDOR podrá declarar el vencimiento anticipado de la totalidad de la obligación y exigir el pago inmediato del capital e intereses en caso de que EL DEUDOR incumpla cualquier cuota de capital, intereses, o cualquier otra obligación derivada del contrato que dio origen a este título.
CUARTO. RENUNCIAS: Declaro expresamente que renuncio a la presentación para el pago, al aviso de rechazo y al protesto. Este título presta mérito ejecutivo de conformidad con los artículos 621 y 709 del Código de Comercio.
QUINTO. GASTOS DE COBRANZA: Serán de mi cargo todos los gastos, costas judiciales, honorarios de abogados y costos de agencias de cobranza externa que se ocasionen por el recaudo judicial o extrajudicial de la obligación, los cuales acepto que son proporcionales a la gestión realizada.
SEXTO. ESPACIOS EN BLANCO: Este Pagaré se firma con espacios en blanco y podrá ser llenado por el ACREEDOR en cualquier momento, siguiendo estrictamente las instrucciones impartidas por mí en la Carta de Instrucciones adjunta, de acuerdo con el artículo 622 del Código de Comercio.
SÉPTIMO. COMPENSACIÓN Y ENDOSO: Faculto expresamente al ACREEDOR para:
- Compensar saldos pendientes con cualquier suma de dinero que yo tenga a mi favor en la entidad.
- Endosar o ceder el presente Pagaré a favor de terceros sin necesidad de notificación previa.
OCTAVO. SOLIDARIDAD: En caso de existir co-deudores, la solidaridad e indivisibilidad de la obligación subsistirán a pesar de prórrogas o modificaciones al contrato original.
Se firma en la ciudad de MEDELLÍN, a los |DiasNumero| días del mes de |Mes| de 2026.
POR EL CLIENTE:
Nombre: |NombreDeudor|
C.C. No: |NumeroDocumento|
Dirección: |DireccionCliente|
Domiciliado en la Ciudad de: |CiudadCliente|
Email: |Email|
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Dirección: Carrera 63A # 34 -56
101 FINTECH S.A.
NIT 901338766-3
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